Tras una espera de varias semanas desde que tuvimos noticia de su aprobación en Consejo de Ministros, el 10 de Abril de 2025 ha sido publicado en el BOE el nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales mediante Real Decreto 164/2025, de 4 de marzo. Os dejamos el enlace directo de descarga:
https://www.boe.es/boe/dias/2025/04/10/pdfs/BOE-A-2025-7190.pdf
El nuevo RSCIEI 2025 renueva, amplía y clarifica el marco normativo de 2004. Es un reglamento continuista siendo el eje fundamental la sectorización, la resistencia estructural y los sistemas de protección activa, con la posibilidad de diseñar con criterios prestacionales. En esta reseña indicamos las principales novedades que trae este Reglamento.
Nuevo RSCIEI: ¿cuándo debo comenzar a aplicarlo?
Tal vez esta sea una de las preguntas más recurrentes. El nuevo RSCIEI entra en vigor al cabo de 1 mes tras su publicación en BOE, esto es, el 10 de Mayo de 2025, pero durante seis meses su aplicación será voluntaria. Es decir, hasta el 10 de Noviembre de 2025 no será de aplicación obligatoria. Entretanto, puede seguir aplicándose el anterior RSCIEI (RD2267/2004).
Para los establecimientos que a fecha de 10 de Mayo de 2025 tengan solicitada una licencia municipal de obras para la construcción o modificación, o una solicitud de aprobación de soluciones de seguridad equivalente, de un establecimiento industrial, dispondrán de un plazo de cuatro años desde la entrada en vigor de este RD para finalizar la construcción y ponerlo en marcha de acuerdo con el Reglamento anterior, RD 2267/2004.
El Reglamento también aplicará en los establecimientos:
• Que se realicen ampliaciones o reformas que impliquen un aumento de la superficie o del nivel de riesgo intrínseco de los sectores o áreas de incendio.
• Que se aumente el nivel de riesgo intrínseco de los sectores o áreas de incendio.
• Que se produzca un cambio de actividad en el establecimiento, cuando el establecimiento industrial deje de adecuarse al proyecto que permitió su puesta en marcha.
Principales modificaciones normativas
El nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) actualiza la normativa de 2004 para adaptarla a las tecnologías y riesgos actuales. Entre los cambios más destacados respecto a la norma anterior, enfocados en las nuevas exigencias a industrias, se incluyen:
1. Reclasificación del riesgo y carga de fuego: Se modifica el cálculo de la carga de fuego, Nivel de Riesgo Intrínseco (NRI) del establecimiento, elevando la categoría de riesgo de muchas instalaciones. Por ejemplo, un almacén logístico multi producto que antes se consideraban de riesgo medio (nivel 5) pueden pasar a ser de riesgo intrínseco alto (nivel 8).
Este nuevo RSCIEI implica requisitos más estrictos de protección (mayor demanda de sistemas de extinción automática, detección, sectorización, control de humos, etc.) En general, las actividades industriales con carga combustible estarán sujetas a medidas de seguridad más rigurosas que en la normativa previa.
2. Nuevos límites de sectores de incendio y evacuación: Se revisa la tipología de naves industriales (aparecen tipologías como las AH y AV, se eliminan las anteriores E y F por tipología D) y las superficies máximas permitidas por cada sector de incendio. El reglamento permite sectores de mayor tamaño si se implementan protecciones adicionales. Por ejemplo, en ciertas naves de riesgo alto se admiten sectores de hasta 8.000 m2 (o incluso sin límite) siempre que cuenten con rociadores automáticos, distancias de seguridad/retranqueos adecuados y rutas de evacuación acorde. Asimismo, se amplían las distancias de evacuación máximas hasta 70 metros cuando existen al menos dos salidas de emergencia alternativas (manteniéndose un límite de 40 m si solo hay una ruta posible). Estas modificaciones reflejan un enfoque más flexible basado en prestaciones, permitiendo instalaciones más amplias pero condicionadas a mayores medidas de seguridad.
3. Mantenimiento, inspecciones y sanciones: Se refuerzan las obligaciones de las empresas en cuanto al mantenimiento y control de sus sistemas contra incendios. El nuevo RSCIEI exige inspecciones periódicas obligatorias cada 5 años de las instalaciones de protección contra incendios, realizadas por un organismo de control acreditado OCA. Esta exigencia se aplicará incluso a las naves existentes, garantizando que todos los establecimientos industriales mantengan un nivel de seguridad actualizado con el tiempo. Con esto se iguala el tempo de Re inspección para todas las industrias independientemente de su actividad.
4. Además, se establece la obligación de notificar a la autoridad competente cualquier incendio relevante ocurrido en la planta industrial en un plazo breve (dentro de los 15 días hábiles siguientes, concurriendo las circunstancias establecidas), facilitando un seguimiento oficial de incidentes y su análisis para prevenir siniestros futuros. También se actualiza el régimen sancionador para asegurar el cumplimiento efectivo de estas nuevas disposiciones.
5. Integración con normativa vigente y transitoriedad: Los equipos, sistemas y componentes de protección contra incendios deben cumplir con el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD513/2017), también actualizado, asegurando el uso de materiales homologados y mantenidos según estándares actuales. En cuanto a la aplicación de la nueva norma, esta será obligatoria para nuevas construcciones y ampliaciones/modificaciones que incrementen el riesgo o la superficie de incendio. Si una industria cambia sustancialmente de actividad, deberá acreditarse mediante certificado técnico que la protección existente es adecuada a la nueva situación, como condición para obtener licencias. No se impone una adaptación retroactiva integral de las instalaciones antiguas al nuevo reglamento, pero todas las instalaciones (nuevas y existentes) quedan sujetas a las normas de funcionamiento, mantenimiento e inspección mencionadas. En resumen, la actualización normativa pone al día las exigencias de seguridad contra incendios en la industria, adaptándose a las necesidades modernas y fijando estándares más elevados de protección contra incendios que deberán cumplir las empresas industriales de ahora en adelante.
ANEXO IV – Zonas con condiciones particulares
El nuevo RSCIEI es sensible a la complejidad de intentar abarcar con un único Reglamento horizontal todas las tipologías industriales que existen, y en esa línea, incorpora un nuevo Anexo de “Zonas con condiciones particulares”. En dicho Anexo se establecen requisitos diferenciales respecto a lo exigido por la generalidad del Reglamento en los ámbitos de:
1. Almacenamientos con sistemas de almacenaje en estanterías metálicas
2. Pasos elevados y entreplantas
3. Espacios abiertos ocupados por estructuras sustentantes de cerramientos formados por elementos textiles (lo que se conocen como Carpas)
4. Almacenamientos de productos específicos, tales como: cereales, harinas, piensos y equiparables a estos.
5. Cámaras frigoríficas: En almacenes a baja temperatura (refrigerados por debajo de 4°C), el reglamento elimina la obligatoriedad de Bocas de Incendio Equipadas (BIEs) dentro de las cámaras frigoríficas, considerando las dificultades operativas en estos entornos. A cambio, impone rociadores automáticos obligatorios cuando la cámara supera cierta superficie y características (p. ej. más de 500 m2) y exige un sistema de control de humos si excede un tamaño mayor (p. ej. 1.000 m2). De esta forma, se adecúa la protección contra incendios a las particularidades de los almacenes frigoríficos, incrementando la seguridad sin requerir equipos poco operativos en frío extremo. También hace referencia a la necesidad de incluir los SCTEH.
6. Instalaciones situadas sobre cubiertas de edificios, tales como placas fotovoltaicas FV. Tal como refleja un apartado literal del texto: Debe considerarse el diseño y tecnología de los paneles y sus componentes auxiliares, los materiales con los que están fabricados (combustibilidad), así como la posible existencia de elementos de protección que mejoren su seguridad (tales como elementos que eviten el inicio del incendio, o que lo extingan o controlen). Debe tenerse en cuenta el estado actual de la técnica a la hora de utilizar paneles y componentes con las mejores prestaciones disponibles, y en función de esto, determinar si estas instalaciones son seguras por sí mismas, o si requieren de medidas adicionales a aplicar.
7. Se ha incluido la figura del SEIS (Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento) así como varias regulaciones al acceso de bomberos.
Nota final:
El nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI) representa un avance significativo hacia los estándares más exigentes que hoy demandan las aseguradoras. Su enfoque en una mayor protección activa, así como en la frecuencia e intensidad de las inspecciones, aporta sin duda un marco más robusto para la prevención de riesgos.
No obstante, conviene señalar que, desde una perspectiva aseguradora, el cumplimiento reglamentario no siempre resulta suficiente para garantizar la transferencia de riesgos en condiciones óptimas. Un ejemplo paradigmático es la permisividad del nuevo reglamento respecto al uso de materiales combustibles como los paneles PUR/PIR o cualquier componente que no cumpla clasificaciones incombustibles (A1 o A2). Este aspecto, aunque normativamente aceptado, continúa representando una limitación severa a ojos de las aseguradoras.
Desde SUAREZ CONSULTORES recomendamos adoptar una visión integral y estratégica del riesgo, avanzando más allá del mínimo normativo. Es decir, promover soluciones que no solo cumplan con la legalidad, sino que generen confianza y valor añadido ante el mercado asegurador y sobre todo en mayor seguridad de la instalación industrial. En definitiva, se trata de alinear intereses y trabajar de forma colaborativa entre asegurado, ingeniería, correduría y aseguradora, para que el proyecto o instalación resulte segura y asegurable en las mejores condiciones posibles.
Pablo Ferri
Dpto. Verificación, Valoración y Gerencia de Riesgos
Certificado en ISO31000 Risk Management Profesional G31000






